Generalmente cuando alguien habla de elección directa de un presidente, se está refiriendo a las elecciones presidenciales en las repúblicas. En estos casos, reduciéndome al ámbito europeo, se dan básicamente tres formas de elección del presidente de la república:
· Elección directa por sufragio universal (Francia, Irlanda, Portugal, Austria, Finlandia, Chipre, Lituania, Polonia, Eslovaquia, Eslovenia, Bulgaria, Rumanía).
· Elección por un colegio electoral ampliado (Alemania, Italia).
· Elección indirecta, a través del Parlamento (Grecia, Estonia, Hungría, Letonia, Malta y la República Checa).
Como se puede observar la tendencia mayoritaria es la elección del Presidente de la República por sufragio universal.
En cuanto a las potestades de los presidentes de república, también hay una gran variedad. En los 27 países de la UE se dan los siguientes tipos de república, según sus diferentes estatutos presidenciales:
· – República Presidencial. El presidente reúne las capacidades ejecutivas. Chipre
– República Semipresidencial. Dentro de este grupo también se da una gran variedad. Realmente solo en el caso de Francia se atribuye una mayor capacidad ejecutiva al presidente. Hay otros tres países en los que las responsabilidades del presidente varían de más a menos desde el caso de Polonia, pasando por el caso de la República Eslovaca, hasta el de Rumanía, cada uno con sus características diferenciadoras en lo que se refiere a este aspecto. Sin embargo, la tendencia en estos tres países ha sido y es modificar el equilibrio de competencias beneficiando al gobierno.
– Repúblicas Parlamentarias. En las que el presidente no tiene prácticamente ninguna potestad importante, tienen poderes jurídicos reducidos y se limitan casi exclusivamente a funciones honoríficas. Dentro de este modelo se encuentran Alemania, Portugal, Grecia, Malta, República Checa, Irlanda, Hungría, Bulgaria, Estonia, Lituania, Letonia y Finlandia.
En las repúblicas hispanoamericanasla tendencia al parlamentarismo, que es casi general en Europa, no se ha dado de una manera ni generalizada, ni fácil. El presidencialismo sigue anclado con fuerza en esas repúblicas. Uno de los problemas de estos presidencialismos es la frecuente falta de sintonía entre la mayoría parlamentaria y el presidente, causa por la que el programa de gobierno puede ser condicionado e, incluso, bloqueado cuando se trata de presidencialismos parlamentarizados en grado alto. Este problema no tiene fácil solución pues el ciudadano habitualmente vota por costumbre, o con una cierta lealtad, a una determinada formación política, sin embargo en la elección presidencial vota a un candidato, relacionado o no con el partido preferido por el ciudadano, pero que ofrece un programa de gobierno atractivo, o que simplemente es considerado como un mal menor, aunque puede no estar en la línea de las preferencias de la mayoría parlamentaria.
Se han presentado muchas tipologías del presidencialismo hispanoamericano, pero yo voy a presentar la del profesor Humberto Nogueira Alcalá[1], de la Universidad de la Universidad de Talca (Chile) que, en lo referente a presidencialismos democráticos, aporta una clasificación, desde mi punto de vista acertada además de concreta:
· Presidencialismo puro. El presidente es elegido directamente para ejercer de Jefe del Estado y del ejecutivo. Nombra los ministros sin necesidad de refrendo parlamentario y éstos no son responsables ante el parlamento. Existe una irresponsabilidad recíproca entre el Presidente de la República y el Parlamento. El presidente cuenta con grandes facultades legislativas e incluso de veto parcial ante leyes emanadas del Parlamento y designa a altas autoridades del Estado. El Parlamento puede hacerle peticiones de información, someterlo a comisiones de investigación e interpelaciones parlamentarias. También está prevista la acusación constitucional tanto del presidente como de los ministros por causas señaladas en la Constitución.
Presidencialismo puro existe en Chile, Honduras, México y República Dominicana. Este presidencialismo, aunque es denominado igual que el existente en EEUU, es sensiblemente distinto a éste, fundamentalmente porque en Hispanoamérica el Presidente de la República es colegislador, a diferencia del Presidente de Estados Unidos.
· Presidencialismo atenuado parlamentarizado. Aunque mantiene las características básicas del anterior, en este tipo el Presidente de la República debe tener en cuenta la composición del Parlamento a la hora de definir las líneas de la política gubernamental, debido a que esa cámara cuenta con la posibilidad de interpelación y de destitución de los ministros mediante votos de censura.
Este modelo de presidencialismo se da actualmente en Costa Rica, Guatemala, Argentina y Bolivia.
· El presidencialismo hegemónico parlamentarizado. Se distingue de los dos anteriores en que en éste no existe el principio de irrevocabilidad del Congreso o Parlamento por parte del Presidente de la República, manteniéndose sin embargo la irrevocabilidad del Presidente. Esta herramienta política contrarresta con creces el poder parlamentario de control del gobierno y la posible censura de ministros.
La modalidad de presidencialismo hegemónico parlamentarizado se da en Uruguay, Perú, Venezuela y Ecuador.
En cuanto a la forma de elección del Presidente de la Republica, en Hispanoamérica existen fundamentalmente tres procedimientos para la elección de presidente:
· Elección por mayoría relativa (Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, y Venezuela)
· Elección por mayoría absoluta y, en caso de no obtenerla en primera vuelta, una segunda vuelta (Colombia, Chile, El Salvador, Guatemala, Perú, República Dominicana y Uruguay)
· Elección por mayoría absoluta atenuada y segunda vuelta (Argentina, Bolivia, Costa Rica y Ecuador). En este caso para evitar la segunda vuelta no es imprescindible pasar del 50% de los votos, puede ser suficiente con alcanzar el 40% u otra cifra, según los países.
Nuestro caso es evidentemente diferente, fundamentalmente porque no somos una república, somos una monarquía parlamentaria en la que el Jefe del Estado es el Rey, que accede al cargo hereditariamente y sus potestades son prácticamente reducidas a un papel representativo, prácticamente como ocurre con el presidente de la República Federal de Alemania (RFA):
“El presidente está circunscrito a un papel representativo. Las potestades que le reconoce el texto constitucional o están sometidas a refrendo, o son delegadas al Gobierno, o están condicionadas por el sistema de partidos”[2]
Por lo tanto, al proponer la introducción de la elección directa del Presidente del Gobierno, no pretendo arrogarle a éste un papel diferente del que tiene en la actualidad, ni mucho menos reconocerlo como Jefe del Estado, institución que en España, como en Dinamarca, Noruega, Suecia, Reino Unido, Bélgica, Holanda o Luxemburgo, está atribuida al Monarca, aunque solo sea a título representativo y moderador.
Pretendo, sin embargo, al igual que al proponer la mejora de la actual consideración de las ILP,s y los Referéndum, dar un paso más en la dirección de mejorar la democracia representativa tan puesta en cuestión en la actualidad. Como ya adelanté, creo que es relativo el carácter democrático de la forma en que se lleva a cabo la función de producir gobierno ya que, al ser ejercida por Congreso de los Diputados, se no asegura la debida separación entre los poderes legislativo y ejecutivo. De alguna manera se establecen unas relaciones de dependencia entre el ejecutivo y el legislativo que, aun no siendo lo peor del caso, sería bueno mejorar. Una de las funciones principales del legislativo es legislar, es decir producir legislación, sea a instancias de los proyectos presentados por el gobierno, sea a instancias de los grupos parlamentarios y, ojala fuera así, por Iniciativas Legislativas Populares. La otra función más importante del legislativo es el control del ejecutivo. En ambos casos el que exista una clara separación entre ambos poderes ofrece una mayor garantía de calidad democrática, y una manera de lograr esa separación es hacer que ambos poderes obtengan su legitimidad directamente del cuerpo electoral.
El sistema actual no deja de ser democrático, al fin y al cabo el Congreso da su confianza a uno de los líderes de los partidos que han concurrido a las elecciones. Este apoyo se habrá podido lograr exclusivamente por los votos de los diputados del partido del candidato presentado, o mediante pactos, coaliciones o acuerdos, pero sea como sea, el legislativo da el visto bueno a un candidato propuesto por el Rey, quien, previamente, ha consultado con las fuerzas políticas del arco parlamentario. Es una manera democrática de formar gobierno evidentemente. Pero ¿es la mejor? ¿es la que ofrece más garantías de respeto al principio de separación de poderes? Es más, ¿es la que, en medio de esta crisis de la democracia representativa, produce más legitimidad en ambas instituciones? O quizás sería mejor que ambas instituciones Congreso de Diputados y presidente, por separado, obtuvieran la legitimidad que les otorgaría el ser directamente elegidas por los votantes.
Estoy convencido de que la relación ejecutivo-legislativo no iba a dañarse si el presidente fuera elegido en votación directa del cuerpo electoral. En el caso de que su partido tuviera mayoría en Congreso, el ejecutivo podría poner en marcha, con cierta facilidad, las políticas que considerara necesarias para lograr sus objetivos que, teóricamente deberían coincidir en gran medida con el programa electoral del candidato, en caso contrario el control del Congreso podría reconducir la situación. Si el Presidente del Gobierno se tuviera que apoyar en una coalición o en pactos de legislatura, la situación podría complicársele algo más pues, para poder aplicar sus políticas, seguramente tendría que recurrir a la buena costumbre de debatir y negociar con las fuerzas políticas de la coalición o pacto; en este caso el control parlamentario vendría a sumarse al control de las fuerzas políticas que formaran la coalición, situación que podría dar una mayor garantía de que el ejecutivo se atiene a lo prometido y por supuesto a la Ley. Si su partido estuviera en minoría parlamentaria, la situación se le complicaría aún más al ejecutivo pero, como se ha demostrado en otros países de nuestro entorno europeo y en otras democracias liberales en otras latitudes, los gobiernos con apoyo parlamentario minoritario funcionan, siempre y cuando haya voluntad de negociación y acuerdo en la clase política y se tenga claro que el objetivo es servir a la nación y, por lo tanto, al pueblo que les ha designado para gobernar y legislar, cosa que parece difícil en nuestro país, en el que la política ha dejado de ser ejercida con vocación de servicio y ha pasado a ser una manera relativamente cómoda de pasar la vida con los servicios resueltos.
Total, que si el Presidente del Gobierno fuera elegido directamente por el pueblo, las situaciones que se pudieran dar serían parecidas a las que se pueden producir en la actualidad, pero se ganaría, por lo menos en dos aspectos. Primero, en una menor dependencia del ejecutivo respecto del grupo parlamentario, dada la legitimidad que le confieren al presidente los votos directos del pueblo. Otra, una menor dependencia del grupo parlamentario respecto del jefe del gobierno, que incluso podría no coincidir con el líder del partido. No obstante las opciones vistas hasta ahora se basan, en mayor o menor medida, en la prevalencia de los partidos políticos y en una cierta relación de dependencia mutua entre el partido, el grupo parlamentario y el ejecutivo. Por lo tanto, en esta situación, aun cuando se tuviera que recurrir a la negociación o pactos con otras fuerzas políticas, no se solucionaría gran parte de la crisis actual de la democracia representativa, porque el problema de fondo de esa crisis, la distancia entre la gente y los partidos, subsistiría.
Es cierto que, si el presidente fuera elegido directamente por el pueblo, cabría también la posibilidad de que surgieran candidatos independientes, sin relación directa con ningún partido, por lo menos aparentemente. Pero siendo realista y conociendo la situación dominante de los partidos en el actual sistema político español, creo que sería muy difícil que surgiera algún candidato realmente independiente con mínimas posibilidades de éxito. Un independiente podría buscar apoyo en grupos de interés que, sin lugar a duda, le exigirían posteriormente resultados a su favor. Incluso podría intentar concitar el apoyo de varios partidos menores que, previo acuerdo, quisieran colocar en la presidencia y en el ejecutivo a las personas adecuadas para defender sus intereses comunes. En todos los casos el candidato independiente se vería obligado a negociar continuamente, en mayor o menor medida, los apoyos necesarios para lograr aprobar los proyectos de ley necesarios para sacar adelante las políticas que pretendiera llevar a cabo.
Una opción que podría mejorar la elección directa del Presidente del Gobierno o Primer Ministro sería la introducción de una de segunda vuelta en el proceso electoral. El sistema de segunda vuelta es normalmente empleado en repúblicas presidencialistas o semipresidencialistas, como muchas de las hispanoamericanas y algunas de las europeas, además de Francia que es claramente semipresidencialista.
Se argumenta frecuentemente que el sistema de elección a dos vueltas incrementa la legitimidad del presidente ante el resto de los poderes del Estado y ante la ciudadanía que ha intervenido directamente en el enfrentamiento entre candidatos. Por otro lado el presidente que ha sido elegido por mayoría absoluta o, en su defecto en segunda vuelta, cuenta con un gran respaldo popular, además de tener el apoyo de la coalición de fuerzas políticas que le ha permitido ganar la segunda vuelta de las elecciones. Por ello, independientemente de que el sistema político siga siendo parlamentario, con todo lo que ello significa en cuanto al control del ejecutivo y la función de producir legislación, el ejecutivo gana en independencia respecto al Parlamento, en legitimidad y en gobernabilidad. Por otro lado, respecto al electorado, el hecho de que las coaliciones para llevar a la presidencia a un candidato determinado se hayan tenido que pactar con anterioridad, normalmente entre la primera y la segunda vuelta, ofrecen más seguridad sobre las políticas que se vayan a poner en práctica posteriormente por el ejecutivo.
En la situación actual, en la que la democracia participativa carece prácticamente de herramientas útiles, la perspectiva de la elección directa del Presidente del Gobierno, sobre todo con segunda vuelta y la consecuencia de la necesidad de acudir continuamente al pacto y negociación no me disgusta en absoluto, la prefiero al sistema de rodillo cuasi autoritario que utilizan los partidos con mayoría parlamentaria o, como en la actualidad, los “frentes Frankenstein”.
Con la elección directa con segunda vuelta se podrían evitar, en gran medida, las sorpresas que producen los pactos que actualmente se producen con posterioridad a las elecciones, que pueden incluso traicionar promesas electorales y las expectativas de muchos votantes.
Con un sistema a doble vuelta en las últimas elecciones la composición del Congreso podría haber sido la que es actualmente, pero ¿Pedro Sanchez hubiera podido alcanzar su sueño dorado de poder llegar a ser Presidente “todopoderoso”? Yo, sinceramente lo dudo. Eso que nos podíamos haber ahorrado los españoles.
FELIZ NAVIDAD
20 de diciembre 2020
LUIS BAILE ROY
[1] Humberto Nogueira Alcalá. LA TIPOLOGÍA DE GOBIERNOS PRESIDENCIALISTAS DE AMÉRICA LATINA Y GOBIERNOS SEMIPRESIDENCIALES EN EUROPA. Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca. https://scielo.conicyt.cl/pdf/estconst/v15n2/0718-5200-estconst-15-02-00015.pdf