7 de julio de 2025 16:35

Blog sobre demografía y política

 «La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los  remedios equivocados.»  Groucho Marx

REFORMA DEL SISTEMA ELECTORAL III. PARÁMETROS ACTUALES. EL CASO DE LAS ELECCIONES DEL 10 N

¿Qué encontrarás en este artículo?

  Para que sirva de referencia en los estudios que posteriormente iré publicando, en los que modificaré secuencialmente los parámetros más importantes del sistema electoral, expongo a continuación un somero análisis de los resultados de las últimas elecciones al Congreso de los Diputados, celebradas siguiendo la actual Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Estas últimas elecciones, aunque no han sido las primeras, ni las únicas, que han producido cierta desconfianza en el sistema y preocupación por la dejadez de unos políticos que reiteradamente se niegan a entrar en el debate de la reforma del sistema electoral, si han sido las que, de alguna manera, han colmado el vaso y han elevado el tono de las protestas ante un inmovilismo inexplicable en lo que respecta al sistema electoral.

Los principales elementos del sistema electoral, establecidos en la citada ley, de los que parto para analizar los resultados son: los 350 escaños del Congreso de los Diputados que serán asignados en las elecciones, dentro del margen fijado por la Constitución española (CE) entre 300 y 400 escaños; las circunscripciones electorales (52) están definidas por las provincias, por mandato constitucional; la CE establece que habrá una representación mínima para cada circunscripción y actualmente a cada provincia se le asigna por ley un mínimo de dos diputados, excepto para Ceuta y Melilla a las que se les asigna solo uno; los 248 escaños restantes se reparten a las circunscripciones atendiendo a su población (Figura 1); la fórmula matemática de reparto de escaños es la denominada D´Hondt, para dar cumplimiento al precepto constitucional que impone la representación proporcional; la barrera electoral está fijada en el 3 % de los votos emitidos en cada circunscripción.

 FIGURA 1

                                               

 La Ley Orgánica de Régimen Electoral General 5/1985 mantiene el número de escaños que ya fijó la Ley de Reforma Política de 4 de enero de 1977 y el Real Decreto-Ley 20/1977 de 18 de marzo de Normas Electorales. 350 escaños suponen una configuración del Congreso de los Diputados de tamaño muy reducido, si se tiene en cuenta el número de circunscripciones electorales (Figura 1). Esto puede hoy parecer una afirmación que va contra la popular corriente que aboga por reducir la cantidad de políticos, pero sería conveniente concretar a qué clase de políticos se refiere esa reducción. Es de sobra conocido por todos que los partidos políticos se han convertido en oficinas de colocación y que el actual sistema autonómico refuerza esa visión. Pero una cosa son las legiones de presuntos asesores, secretarios, miembros de gabinetes fantasma, etc. y otra es hablar de la cantidad de diputados necesarios para que nuestro actual sistema electoral tenga un nivel de proporcionalidad adecuado.  Con el actual número de escaños resulta que el tamaño medio de las cincuenta circunscripciones provinciales (exceptuando las dos uninominales), es de 6,96 (348:50=6,96), que resulta situarse en el umbral del mínimo considerado ineludible para que cualquier fórmula electoral pueda operar con efectos mínimamente proporcionales. Más adelante volveré a tratar con más profundidad este tema y estudiaré posibles alternativas al número actual de escaños en la Cámara.

 Por otro lado, sobre el método D´Hondt de atribución de escaños, primero voy a explicar de forma sencilla y resumida como funciona, para poder comprender el funcionamiento de parte de nuestro sistema electoral:

      ·         Se ordenan en una columna, de mayor a menor, el número de votos obtenidos por cada                             candidatura.

·         Se divide sucesivamente el número de votos de cada candidatura por 1,2,3,4… hasta el               número de escaños que corresponda a la circunscripción en cuestión.

·         Se forma un cuadro como el del ejemplo siguiente (Tabla 1).

·      Los escaños se atribuyen a las candidaturas que tengan los cocientes más altos en el citado cuadro, por orden decreciente.


Ejemplo: Supongamos unas elecciones en una circunscripción a la que le corresponden 8 escaños, con la concurrencia de 6 candidaturas. Hecho el recuento de votos, se han contabilizado 500.000 votos válidos y cada candidatura ha tenido los siguientes resultados:

      ·         Candidatura A………………………173.000 votos

·         Candidatura B………………………110.000 votos

·         Candidatura C………………………. 78.000 votos

·         Candidatura D………………………. 65.000 votos

·         Candidatura E………………………. 42.000 votos

·         Candidatura F………………………. 32.000 votos

 Observando la Tabla 1, resulta que los mayores cocientes determinan el siguiente reparto de escaños (resaltado en amarillo) entre las 6 candidaturas:

 4 escaños para la candidatura A

2 escaños para la candidatura B

1 escaño para la candidatura C

1 escaño para la candidatura D.

TABLA 1

Escaños

Candidat.

1

2

3

4

5

6

7

8

A

173.000

86.500

57.666

43.250

34.600

28.833

24.714

21.626

B

110.000

55.000

36.666

27.500

22.000

18.333

15.714

13.750

C

78.000

39.000

26.000

19.500

15.600

13.000

11.142

9.750

D

65.000

32.500

21.666

16.250

13.000

10.833

9.285

8.125

E

42.000

21.000

14.000

10.500

8.400

7.000

6.000

5.250

F

32.000

16.000

10.666

8.000

6.400

5.333

4.571

4.000

Matemáticamente, el método D´Hondt consiste en buscar una cifra X de votos (divisor), tal que, al dividir el número de votos de cada candidatura por X, el número total de escaños resultantes asignados coincidan con el número de escaños a repartir.

 Según el ejemplo, si a X le damos el valor 50.000:

 Candidatura A…173.000 / 50.000 = 3.46 …….. 3 escaños

Candidatura B…110.000 / 50.000 = 2.2   …….. 2 escaños

Candidatura C…  78.000 / 50.000 = 1.56 …….. 1 escaños

Candidatura D…  65.000 / 50.000 = 1.3   …….. 1 escaños

Candidatura E…  42.000 / 50.000 = 0.84 ……..  0 escaños

Candidatura F…  32.000 / 50.000 = 0.64 ……..  0 escaños

  En total, con X=50.000 el total de escaños asignados es 7, uno menos que los correspondientes a la circunscripción del ejemplo (8).

 Se busca otro valor de X para hacer coincidir el número de escaños totales asignados con los escaños atribuidos a la circunscripción, por ejemplo, X=40.000:

 Candidatura A…173.000 / 40.000 = 4.3   …….. 4 escaños

Candidatura B…110.000 / 40.000 = 2.75 …….. 2 escaños

Candidatura C…  78.000 / 40.000 = 1.95 …….. 1 escaños

Candidatura D…  65.000 / 40.000 = 1.625……  1 escaños

Candidatura E…  42.000 / 40.000 = 1.05 …….. 1 escaños

Candidatura F…  32.000 / 40.000 = 0.80 ……..  0 escaños

 Con X=40.000 podemos ver que el total de escaños asignados es 9, uno más que los correspondientes a la circunscripción del ejemplo (8).

 Si observamos de nuevo la tabla, vemos que el último escaño se asigna con 43.250 escaños y el siguiente valor de mayor divisor es 42.000 (indicado en verde). Podemos concluir, con un poco de lógica, que cualquier valor de 43.250 ≥ X ≤ 42.000 dará un valor correcto de escaños repartidos, es decir 8.

 Por ejemplo, si elegimos X = 43.000 resultará el siguiente reparto de escaños:

Candidatura A…173.000 / 43.000 = 4.02 …….. 4 escaños

Candidatura B…110.000 / 43.000 = 2.55 …….. 2 escaños

Candidatura C…  78.000 / 43.000 = 1.81 …….. 1 escaños

Candidatura D…  65.000 / 43.000 = 1.51 .……  1 escaños

Candidatura E…  42.000 / 43.000 = 0.97 ……… 0 escaños

Candidatura F…  32.000 / 43.000 = 0.43 ……..  0 escaños

 En esta ocasión sí que el número total de escaños repartidos es 8, igual al número de escaños asignados a la circunscripción electoral, según el reparto legal establecido. Por ello podemos concluir que, para esa circunscripción concreta, podemos tomar como divisor del método D´Hondt la cifra X = 43.000.

Este proceso se repetirá en todas las circunscripciones, dando como resultado final el número total, a nivel nacional, de escaños que corresponden a cada candidatura. Ya hablaremos después del mayor o menor índice de proporcionalidad que ofrece este método, en comparación con otros posibles.

 Lo que si hay que dejar claro desde ahora es que la elección de las circunscripciones coincidentes con las provincias introduce un grave vicio distorsionador del sistema, debido a las grandísimas divergencias demográficas. Como ejemplo pueden verse las cifras de población, a fecha de 1 de enero de 2019, de Madrid (6.663.394), nada menos que 75 veces superior a la de Soria (88.636). Esa divergencia, unida a la asignación de un mínimo de escaños para cada circunscripción lleva, prácticamente de forma irremediable a una sobrerrepresentación de los distritos electorales más despoblados, en los que el sistema es más mayoritario que proporcional.

En cuanto a la barrera electoral del 3 % de los votos emitidos, en el ejemplo que estoy exponiendo no afecta a ningún partido, en esa circunscripción concreta, ya que la candidatura con menos votos (32.000) obtiene el 6,4 % de los votos emitidos. En todo caso, hay que indicar que la voluntad del legislador al introducir una barrera electoral es evitar el excesivo fraccionamiento de la representación en el Congreso de los Diputados. Ya analizaré la conveniencia o no de emplear alguna barrera de este tipo, dada la situación política de nuestra nación.

 En un primer vistazo a los resultados de las elecciones del 10 N, antes de entrar en materia con las posibles modificaciones en el sistema, me gustaría resaltar los efectos de la dispersión de voto dentro de una tendencia política en algunas circunscripciones. Dispersión que, como veremos en el ejemplo siguiente, conduce a quedarse con menos representación, además de entregar el escaño o los escaños perdidos al partido más votado de la tendencia contraria, a pesar de no haber sido el más elegido por los electores de la circunscripción. Pero, en fin, estas son las reglas del juego y cada uno vota según le conviene y esa conveniencia no tiene por qué coincidir con la rentabilidad del voto.

 Ejemplo 1: Circunscripción de Ávila.

 Votos válidos 92924. En la elecciones del 10 N obtuvieron 1 escaño PSOE, PP y VOX. Supongamos primero que el partido “xÁvila” (escisión del PP) no hubiera presentado candidatura o hubiera aconsejado a sus simpatizantes votar al PP para concentrar el voto. Los resultados, sin tocar ningún resultado más hubieran sido los siguientes:

                                               Ejemplo 1

Candidatura

1

2

3

PP

37724

18862

12573

PSOE

24267

12133

8089

VOX

17259

8629

5753

C,s

6081

3040

2027

UP

5977

2988

1992

 Es decir, el PP hubiera obtenido un escaño más, a costa de VOX, lo que en este caso tiene una eficacia relativa pues concentra el voto de la derecha en el PP, pero no acosta de alguna candidatura de izquierda, con lo que en el balance derecha-izquierda todo queda igual.

En otras provincias, si se hubiera producido algún tipo de acuerdo o coalición previa a las elecciones entre PP, C,s, y VOX o con otras formaciones de ideología similar, los resultados hubieran sido muy diferentes. Por ejemplo en Baleares que, con 452822 votos válidos, obtuvieron 2 escaños el PSOE, el PP, UP y VOX. En este caso el segundo escaño asignado a UP en las elecciones del 10 de noviembre hubiera pasado a la candidatura de la derecha, que hubiera obtenido 5 escaños y el PSOE hubiera seguido manteniendo sus dos escaños. En este caso sí que se hubiera modificado el balance izquierda-derecha.

 Ejemplo 2

 

Candidatura

1

2

3

4

5

6

7

8

PP+C,s+Vox

214181

107090

71393

53545

42836

35696

30597

26772

PSOE

115135

57567

38378

28783

23027

19189

16447

14391

UP

81976

40988

27325

20494

16395

13662

11710

10247

+Esquerra

18206

9101

6067

4550

3640

3033

2600

2275

 En la izquierda no pasó lo mismo en el caso de estas elecciones. No he encontrado ninguna circunscripción en la que una coalición previa del PSOE y UP pudiera haber sustraído algún escaño en su favor a otras candidaturas. Pero muy posiblemente un acuerdo previo entre ambas formaciones hubiera modificado los resultados en estas últimas elecciones y me atrevería a decir que más negativamente para el PSOE, porque no todos sus simpatizantes y votantes ven bien esa alianza, aunque buena parte de su radicalizada y escasa militancia si la acepte de buen grado. No sucede lo mismo en el caso de UP, pues su estrategia de entrar en los órganos de gobierno para extender su influencia y control sobre las actuaciones políticas del mismo y de arrinconar y radicalizar al PSOE, es bastante compartida por los afiliados y simpatizantes de UP, sus mareas y demás marcas blancas. Es la vocación de expansión vírica típica de los partidos comunistas, que históricamente el PSOE también ha practicado, aunque con menos éxito con que lo hicieron aquellos en otros tiempos y en otros países. al contrario que los partidos separatistas que han seguido al pie de la letra y con tesón la manera comunista de invadir hasta los últimos rincones del cuerpo social y, por lo que se ve, con buenos resultados.

Dicho esto, sigo con el análisis empírico de los resultados de últimas elecciones legislativas. Ya llegará el momento de entrar en divagaciones teóricas y análisis de los posibles de cambios en el sistema electoral español. Algunos de estos cambios requieren la modificación de algún artículo de la Constitución, otros, la mayoría, no lo requieren, pero no hay que tener tanto reparo en modificar nuestra norma suprema después de tantos años de vigencia y de tantas experiencias democráticas vividas gracias a ella. Se puede considerar normal y hasta conveniente adaptarla, en alguna de sus partes, a las nuevas circunstancias sociales y políticas y reforzar, si fuera preciso, aquellos aspectos en los que define nuestra forma de convivir, nuestros símbolos, nuestra voluntad de unidad y de solidaridad e igualdad.

 De los resultados electorales del 10 N a nivel nacional voy a dar algunos datos que servirán para situarnos a lo largo del análisis de resultados. Hubo 24.116.352 votos válidos y se presentaron 61 candidaturas, unas a nivel nacional, otras al autonómico y otras sólo en el ámbito provincial. De todas ellas sólo obtuvieron escaño 16 y sólo 6 superaron el 3% de los votos a nivel nacional. Las elecciones en una democracia podrían considerarse como un día festivo, en el que todos celebramos nuestra posibilidad de participar en la vida política, aunque sea sólo por esa vez, pero me parece que esto alcanzaba el nivel de carnaval. Había mesas electorales en las que en las cabinas para el voto no se podían distribuir las papeletas en los casilleros disponibles en ellas porque no cabía tal cantidad de candidaturas.

 En cuanto al importantísimo índice de proporcionalidad, basado en las diferencias que se producen entre los porcentajes de votos y los escaños obtenidos, en la Tabla 2, en la que resumo los resultados electorales de la cita del 10 N, expongo la cifra que he calculado.

 Índices de proporcionalidad o de desproporcionalidad hay muchos, todos dan resultados similares y se diferencian en la fórmula matemática empleada en la medición. Tenemos disponibles en la bibliografía especializada hasta 19 métodos para el cálculo de la proporcionalidad de un sistema electoral, aunque los más utilizados son: índice de desproporcionalidad de Rae, índice de desproporcionalidad de Loosemore y Hanby, índice de proporcionalidad de Mackie y Rose, índice de Cuadrados Mínimos de Gallagher e índice de Cuadrados Mínimos de Lijphart. Cada uno de ellos es más o menos apropiado según el objetivo que se pretenda y su utilidad para realizar la comparación entre sistemas.

 En este estudio utilizaré el índice de Mackie y Rose que consiste en dividir la diferencia absoluta de los porcentajes de votos y escaños entre dos, restando este resultado de 100. Con este método se consigue un porcentaje de proporcionalidad total del sistema, resultando útil para realizar comparaciones fáciles entre diferentes sistemas electorales, ya que cuanto más próximo a cien este el resultado más proporcional será el sistema.

 Tengo que hacer la prevención de que no voy a tener en cuenta, en ninguno de los casos que compararé a lo largo del estudio, los partidos que no obtienen representación parlamentaria. Los motivos es que todos ellos, que son muchos, sumados sus porcentajes no llegan al 1,7 % de los votos válidos y si los incluyera complicaría inútilmente la comparación entre las diferentes propuestas que iré presentando, conforme vaya modificando diferentes variables.

 A propósito de los datos expuestos en la Tabla 2 tengo que hacer algunas consideraciones:

      ·         La primera, es que, con el actual sistema, hay un claro beneficio en escaños para los dos                          partidos más votados, con unas primas de 6,28 y 4,6 a su favor.

 

·         La segunda, es que hay una desventaja para los partidos de implantación nacional, sobre todo para Ciudadanos y + País, sin embargo, se observa una cierta ventaja para los partidos de implantación autonómica y local, excepto en los casos de BNG y la CUP-PR. A este respecto se puede observar la exagerada desproporción que existe entre, por ejemplo, el BNG con119.597 votos y un escaño y Teruel Existe que, con 19.696 votos, obtiene igualmente 1 escaño.

         ·         La tercera, es que el Índice de Proporcionalidad de 90,42 % no se puede considerar muy                          malo, pero evidentemente tenemos un amplio margen de mejora hasta alcanzar índices más                    próximos al 100 %, como son habituales en otros países y con parámetros algo diferentes a                      los nuestros. Más adelante veremos cómo podemos lograrlo.

TABLA 2

 

CANDIDATURA

ESCAÑOS

% ESCAÑOS

(ei)

VOTOS

% VOTOS

(vi)

Prima

 

ei-vi

│vi – ei

PSOE

120

34,28

6.752.983

28,0

6,28

6,28

PP

89

25,42

5.019.869

20,82

4,6

4,6

VOX

52

14,85

3.640.063

15,09

-0,24

0,24

U.P.

35

10

3.097.185

12,84

-0,28

0,28

ERC

13

3,71

869.934

3,61

0,10

0,10

Cs

10

2,85

1.637.540

6,79

-3,94

3,94

JxCAT

8

2,28

527.375

2,19

0,09

0,09

PNV

6

1,71

377.423

1,57

0,14

0,14

EH Bildu

5

1,42

276.519

1,15

0,27

0,27

+ PAÍS

3

0,85

595.261

2,47

-1,62

1,62

CUP-PR

2

0,57

244.754

1,01

-0,44

0,44

CC-NC

2

0,57

123-981

0,51

0,06

0,06

NA+

2

0,57

98.448

0,41

0,16

0,16

BNG

1

0,28

119.597

0,5

-0,22

0,22

PRC

1

0,28

68.580

0,28

0

0

Teruel Existe

1

0,28

19.696

0,08

0,2

0,2

INDICE DE PROPORCIONALIDAD[1]

90,42

Fuente: La Nueva España. https://elecciones.lne.es/resultados-elecciones/generales/

 En el siguiente artículo analizaré los efectos que puede producir un cambio en la dimensión de las circunscripciones electorales, combinado con la aplicación de diferentes barreras electorales y se verá como alcanzar mayores índices de proporcionalidad y, en algunos casos, hasta se mejora la gobernabilidad.

 


[1] Índice de proporcionalidad de Mackie Rose IR= 100 (Suma | vi – ei│̸ 2)

                                              

 LUIS BAILE ROY

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