NORMALIDAD CONSTITUYENTE IX. TITUTO VIII DE LA CE. AMBIGÜA FIRMEZA
Ya en el artículo 2 del Título Preliminar la CE “reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones”.
«La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.» Groucho Marx
Ya en el artículo 2 del Título Preliminar la CE “reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones”.